Muchos trabajadores sienten preocupación al empezar una relación laboral, sobre todo si esta implica un periodo de prueba. Debemos saber que este concepto está bien delimitado en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que siempre se deberán respetar los derechos del trabajador.
El periodo de prueba permite que tanto el trabajador como el empresario se analicen mutuamente, deciciendo si desean continuar o no con la relación laboral. Este es el fundamento del periodo de prueba, pero en algunos casos esta figura se utiliza de forma fraudulenta. Por ejemplo, es el caso de las trabajadoras embarazadas: habitualmente un despido por embarazo se considera nulo, pero si ocurre durante el periodo de prueba es más fácil que el empresario salga indemne; por esa razón algunos contratos a mujeres incluyen periodo de prueba para tener mayor facilidad de despido si su trabajadora quedase embarazada.
El periodo de prueba debe constar siempre por escrito. En cuanto a la duración a la que antes hacíamos referencia, esta varía en función de la situación en la que nos encontremos, que puede ser alguna de las siguientes:
Para los técnicos titulados, el periodo de prueba no podrá exceder de seis meses.
En el resto de trabajadores no podrá exceder de dos.
Finalmente en las empresas de menos de veinticinco trabajadores el periodo de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.
¿Qué puedo hacer si se incumplen mis derechos? Si cree que su empresa está vulnerando algún derecho o tiene alguna duda en materia laboral, no dude en consultarnos. Si quiere pedirnos una cita previa sólo tiene que llamarnos a nuestro número de teléfono o enviarnos un formulario de contacto. Recordamos además que nuestro Despacho en Murcia también proporciona servicio en otras áreas legales, ofreciendo así una amplia cobertura para garantizar un servicio de calidad a nuestros clientes.